«NO SE PUEDE OBLIGAR A UN CORAZÓN A QUEDARSE DONDE YA NO PERTENECE”
Acervo Popular.
¿Sabía que la Ley 2442 de 2024 consagra el divorcio libre o unilateral en Colombia? Descubra sus implicaciones jurídicas
Introducción
El panorama del derecho de familia en Colombia ha experimentado una transformación significativa con la promulgación de la Ley 2442 de 2024, expedida el 27 de diciembre. Esta norma permite el divorcio por la sola voluntad de uno de los cónyuges, marcando un cambio histórico en la concepción de la disolución del vínculo matrimonial. Este artículo explora los puntos clave de la ley, su impacto en el sistema judicial y cómo afecta a quienes buscan terminar su matrimonio.
Objeto de la Ley 2442 de 2024
El artículo 1º de la Ley 2442 establece su principal objetivo: incorporar al derecho civil una causal que permita el divorcio por la sola manifestación de voluntad de cualquiera de los cónyuges. La norma busca modernizar el sistema legal colombiano, adaptándolo a tendencias internacionales y reconociendo el derecho a la autonomía personal en decisiones sobre la vida conyugal.
Modificación al Artículo 154 del Código Civil
La ley añade un numeral 10 al artículo 154 del Código Civil, el cual establece como causal de divorcio:
“La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges manifestada ante el juez competente”.
Esto significa que un cónyuge puede solicitar el divorcio sin necesidad de probar otras causales como infidelidad, maltrato, enfermedad grave o separación de cuerpos que haya perdurado por más de dos años.
Divorcio Unilateral ante Notario
El artículo 7º introduce la posibilidad de que, si un cónyuge inicia el divorcio bajo la nueva causal y posteriormente las partes llegan a un acuerdo mutuo, puedan finalizar el proceso ante un notario. Esto facilita y agiliza el trámite cuando existe consenso.
Vigencia y Derogatorias
La ley entra en vigor desde su promulgación, derogando todas las disposiciones contrarias. Es importante destacar que, si una demanda de divorcio basada en causales anteriores está en curso, puede reformarse para invocar la nueva causal, siempre que se esté en la etapa procesal adecuada.
Implicaciones Jurídicas y Procesales
• Legitimación: Con la nueva causal, cualquier cónyuge tiene legitimación para iniciar el proceso de divorcio en cualquier tiempo, independientemente de su responsabilidad en la ruptura del vínculo.
• Flexibilidad: Si tras iniciar un divorcio unilateral las partes acuerdan continuar de manera conjunta, el trámite puede trasladarse al ámbito notarial.
• Contradicción: La ley no detalla las implicaciones procesales de la causal en cuestión, por lo que se sobreentiende que el proceso verbal será el idóneo. En él, el cónyuge demandado seguramente podrá ejercer su derecho a la contradicción, oponiéndose a las pretensiones de la demanda o reconviniendo al demandante, u oponiéndose a la propuesta presentando una diferente. Sobre este aspecto discutible y complejo se volverá en posterior oportunidad.
• Reparaciones: La ley no hace mención a las consecuencias económicas derivadas de la ruptura del vínculo, por lo que se mantiene la aplicación de la jurisprudencia, donde el cónyuge inocente o el cónyuge necesitado deberán ser indemnizados o recibir alimentos de manera correspondiente.
Además, se impuso una caducidad para reclamar que merece fundadas críticas por desconocer la jurisprudencia.
La ley también establece que la causal 3ª del artículo 154 (violencia intrafamiliar) dará lugar a la reparación integral, incluyendo reparaciones económicas y simbólicas a favor de la víctima. Estas reparaciones serán declaradas en la sentencia de divorcio, aun de oficio.
Análisis Crítico y Posibles Retos
Si bien la Ley 2442 de 2024 representa un avance en el reconocimiento de la autonomía personal, es importante señalar algunos retos y posibles áreas de debate:
• Protección a la parte vulnerable: La nueva ley debe ser interpretada y aplicada de manera que no se afecten los derechos de la parte más vulnerable en la relación, especialmente en casos de violencia intrafamiliar o cuando exista dependencia económica.
• Seguridad jurídica: Los vacíos procesales de la ley deben ser suplidos a través de la interpretación jurisprudencial y la doctrina, generando seguridad jurídica a los litigantes.
• Necesidad de asesoría legal: Dada la complejidad del proceso, es imprescindible contar con un abogado, requisito fundamental para iniciar cualquier trámite de divorcio.
Conclusión
La Ley 2442 de 2024 constituye un paso significativo hacia la modernización del derecho de familia en Colombia.
Al permitir el divorcio por la sola voluntad de uno de los cónyuges, se reconoce la autonomía individual y se promueve la disolución de vínculos que ya no tienen razón de ser. No obstante, es fundamental abordar los retos que esta nueva ley plantea, garantizando la protección de los derechos de todas las partes involucradas y promoviendo procesos judiciales justos y eficientes.
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